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26 mayo, 2025

Prepagas: la Justicia declaró inconstitucional la desregulación del “Mega DNU”.

 

Varios fallos recientes de cámaras federales declararon la inconstitucionalidad de los artículos 267 y 269 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, que habían eliminado el control estatal sobre los aumentos de las empresas de medicina prepaga.

Entre los principales argumentos, los tribunales sostienen que el Poder Ejecutivo no justificó adecuadamente la necesidad y urgencia para dictar dicha medida, y que la modificación del régimen legal del sector salud excede las facultades conferidas por la Constitución Nacional.

Como consecuencia de estos fallos:

    • Se restituye la facultad de la Superintendencia de Servicios de Salud para autorizar y supervisar los aumentos.
    • Se ordena que las cuotas no superen la variación del índice de precios al consumidor (IPC).
    • Se revierte parcialmente la desregulación impulsada por el Gobierno en materia de salud privada.

Estos pronunciamientos judiciales, aunque dictados en el marco de amparos individuales, marcan una fuerte señal sobre los límites del uso de DNU en temas sensibles como el acceso a la salud.

Fallos judiciales destacados

  1. Cámara Federal de La Plata: Revocó una sentencia de primera instancia y declaró inconstitucionales los artículos 267 y 269 del DNU 70/2023, que habían eliminado la regulación estatal sobre los aumentos de las prepagas. El tribunal ordenó a las empresas YPF Obra Social y OSDE limitar los aumentos de cuotas al índice de inflación (IPC) y restableció la autoridad de la Superintendencia de Servicios de Salud para supervisar y autorizar los incrementos.
  2. Cámara Federal de Paraná: En un caso iniciado por un afiliado de OSDE, la cámara también declaró inconstitucionales los artículos mencionados del DNU 70/2023. El fallo determinó que el Poder Ejecutivo excedió sus facultades al emitir el decreto sin demostrar una necesidad y urgencia justificadas, devolviendo a la Superintendencia de Servicios de Salud la función de autorizar y revisar los valores de las cuotas
  3. Cámara Federal de Mar del Plata: En un amparo presentado por una afiliada de la empresa OMINT, la cámara declaró inconstitucionales los artículos 267 y 269 del DNU 70/2023. El tribunal ordenó dejar sin efecto los aumentos aplicados desde enero de 2024 que superen el IPC, restableciendo el esquema anterior donde la autoridad de aplicación controlaba los aumentos conforme a la ley 26.682.
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