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En EOT Abogados, te ofrecemos asesoramiento completo para gestionar una amplia variedad de prestaciones jubilatorias, ajustadas a diferentes situaciones laborales y personales. Si te corresponde una de estas jubilaciones, te guiamos en todo el proceso para garantizar que accedas a tu derecho sin complicaciones.

Docentes

El régimen jubilatorio docente establece condiciones especiales para la jubilación de quienes ejercieron la docencia en establecimientos educativos oficiales, tanto de nivel inicial, primario, secundario como universitario.

REQUISITOS PARA DOCENTES DE NIVEL INICIAL, PRIMARIO Y SECUNDDARIO (DECRETO 137/05)
  • Edad: 57 años (hombres y mujeres).
  • Aportes: 25 años de servicio docente, con al menos 10 años en establecimientos oficiales.
REQUISITOS PARA DOCENTES UNIVERSITARIOS (LEY 26.508)
  • Edad: 60 años (mujeres) y 65 años (hombres).
  • Aportes: 25 años en instituciones universitarias nacionales, con 10 años en exclusividad.
BENEFICIOS DEL RÉGIMEN
  • Haber jubilatorio equivalente al 82% móvil del sueldo en actividad.
  • Posibilidad de reducción de edad para quienes trabajen en establecimientos de educación diferencial o en zonas desfavorables.

Si necesitas orientación sobre cómo iniciar tu trámite jubilatorio como docente, en EOT Abogados te asesoramos en cada paso.

Retiro por Invalidez

El retiro por invalidez es una prestación previsional para quienes, debido a una incapacidad laboral, no pueden continuar trabajando.

¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER?
  • Trabajadores en relación de dependencia.
  • Autónomos y monotributistas sociales.
REQUISITOS
  • Incapacidad del 66% o más, determinada por una junta médica.
  • No haber alcanzado la edad y años de aportes requeridos para la jubilación ordinaria.
  • Cumplir con la condición de aportante regular o irregular con derecho.
  • No realizar actividad laboral en relación de dependencia.

Otras prestaciones jubilatorias

  • Prestación por Edad Avanzada
    Para personas de 70 años o más con al menos 10 años de aportes.
  • Jubilación Anticipada
    Para quienes tengan 30 años de aportes y hayan estado desempleados al 30 de junio de 2023. Se otorga el 80% del haber jubilatorio hasta alcanzar la edad mínima.
  • Jubilación para Investigadores Científicos y Tecnológicos
    Para aquellos que se desempeñan en actividades de investigación o desarrollo.
  • Prestaciones por Convenio Internacional
    Para quienes realizaron aportes en países con convenio con Argentina.
  • Jubilación por Trabajo Riesgoso o Insalubre
    Para quienes trabajaron en ambientes donde las condiciones afectaban la salud.
  • Jubilación para Ex Combatientes de Malvinas
    Para quienes participaron en la Guerra de Malvinas como soldados conscriptos o civiles.
  • Jubilación para Trabajadores Agrarios
    Para quienes trabajan en actividades relacionadas con la producción primaria, como tareas pecuarias, agrícolas, forestales, entre otras.
  • Retiro Militar, Prefectura y Gendarmería
    Para miembros de las fuerzas armadas con requisitos específicos según cada institución.
  • Jubilación para Trabajadores de la Construcción
    Régimen diferencial para quienes se desempeñan en el sector de la construcción, según la Ley 22.250.
  • Jubilación para Personal de Casas Particulares
    Para quienes trabajaron en el sector de casas particulares.
  • Jubilación para Aeronavegantes
    Dirigida a pilotos, copilotos, mecánicos de aeronaves, entre otros.
  • Jubilación para Trabajadores del Poder Judicial y Ministerio Público
    Para los trabajadores del Poder Judicial de la Nación y el Ministerio Público.
  • Jubilación para Trabajadores de Viñas
    Para quienes trabajan en el cultivo y cuidado de la vid.
  • Jubilación para Trabajadores con Discapacidad
    Para trabajadores con discapacidad, ceguera o retiro por invalidez.
  • Jubilación Especial para Personas con VIH y/o Hepatitis B y/o C (Ley 27.675)
    Garantiza el derecho a cobertura previsional para personas con estas condiciones.

Preguntas Frecuentes sobre Regímenes Jubilatorios Especiales

¿Puedo acceder a una jubilación si trabajé en otro país?

Sí, si el país donde trabajaste tiene un Convenio Internacional con Argentina, tus aportes en ese país pueden sumarse para completar los años requeridos en Argentina.

¿Qué es la Prestación por Edad Avanzada y cómo acceder?

La Prestación por Edad Avanzada está dirigida a quienes tienen 70 años o más y han realizado al menos 10 años de aportes registrados. Si cumplís con estas condiciones, podés acceder a este beneficio.

¿Qué requisitos se exigen para acceder a una jubilación si tengo discapacidad o enfermedad grave?

Para trabajadores con discapacidadceguera o invalidez, se requiere una incapacidad certificada del 66% o más por una junta médica. Existen regímenes específicos que otorgan la jubilación bajo condiciones diferenciadas.

¿Puedo completar mis años de aportes si me faltan algunos?

Sí, si te faltan aportes, podés regularizarlos mediante moratorias previsionales vigentes o planes de pago de AFIP (ARCA). Esto te permitirá completar los años necesarios para acceder a la jubilación.

¿Hay alguna modalidad de jubilación para quienes trabajaron en actividades riesgosas o insalubres?

Sí, existen regímenes especiales para quienes trabajaron en actividades riesgosas o insalubres. Estos regímenes permiten acceder a la jubilación anticipada o con requisitos diferenciados, considerando la peligrosidad de la actividad realizada.

¿Puedo seguir trabajando luego de jubilarme bajo un régimen especial?

En la mayoría de los regímenes, podés seguir trabajando, pero es importante tener en cuenta que algunas jubilaciones son incompatibles con actividades en relación de dependencia. Para los trabajadores autónomos y monotributistas, es posible seguir trabajando sin perder la jubilación.

¿Qué requisitos son específicos para acceder a la jubilación docente?

Los docentes tienen un régimen jubilatorio especial que permite acceder a la jubilación con menos años de aportes que en el régimen general. La edad mínima es de 60 años para las mujeres y 65 años para los hombres, y se exige 25 años de servicio. Además, los docentes de frontera o aquellos que trabajaron en educación diferencial tienen condiciones especiales.

¿Qué son las Cajas Provinciales y Profesionales?

Las Cajas Provinciales y Cajas Profesionales son sistemas jubilatorios específicos para trabajadores que están bajo regímenes provinciales o profesionales, como los abogados, médicos, y otros profesionales. Los requisitos y condiciones pueden variar según cada caja, pero generalmente son regímenes diferenciados con sus propios aportes y cálculos de jubilación.

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